Este es el documento que suele dar más disgustos debido al tiempo que tarda el Ministerio de Educación (uno o dos meses) en emitirlo. Por esta razón, hay que pedirlo cuanto antes. Su propósito es demostrar ante las autoridades competentes de Gran Bretaña o Irlanda que estáis capacitados para ejercer vuestra profesión en España y, por extensión, en Europa.
La dirección a la que hay que dirigirse es la siguiente:
Paseo del Prado 28, 28071, Madrid 91 506 56 00.
Aquéllos candidatos que viven fuera de Madrid pueden realizar las solicitud a través de las subdelegaciones del gobierno. http://www.tiadoc.com/delegaciones-del-gobierno-y-subdelegaciones-del-gobierno
Para conseguir la carta de movilidad hay que presentar:
a) DNI.
b) Título de licenciado. Es necesario el título, en caso de no poseerse, puede presentarse el título provisional o resguardo del título. Este documento puede obtenerse en la Secretaría de cualquier Facultad de Farmacia. Otra alternativa es solicitar al rectorado una carta, firmada por el rector, indicando que la persona en cuestión se ha licenciado.
c) Certificado de notas o expediente académico.
d) Formulario de solicitud: Se puede solicitar directamente en el ministerio de educación o en sus subdelegaciones.
La acreditación del título será enviada directamente por el Ministerio de Educación a la General Pharmaceutical Council of Great Britain, o a el nuevo ente regulador.
Para conseguir la partida de nacimiento deberéis dirigiros al registro civil correspondiente. En algunos casos (en los registros civiles informatizados), se puede pedir por correo electrónico. Para ello tendréis que ir a la página web del ministerio de Justicia: www.mju.es y pinchar en el link que lleva a Registro Civil: Solicitud de Certificados. Hay varios modelos de partidas de nacimiento, internacional, etc. Todas son válidas.
El colegio de farmacéuticos inglés solicitará o bien el original, o si no una fotocopia compulsada del mismo. La fotocopia compulsada debe de ser por notario, cualquier otra compulsa, a menos que proceda de la embajada Británica, no es válida y será rechazada. La fotocopia compulsada por notario no requiere apostilla de La Haya.
Es necesario enviar una fotocopia, compulsada por notario. Cualquier otra compulsa, a menos que proceda de la embajada Británica, no es válida y será rechazada. El DNI parece que también es aceptado, pero mejor el pasaporte.
1. Health Declaration o Certificado de Salud.
2. Questionnaire o Cuestionario.
3. Photograph Certification form
Ambos pueden obtenerse directamente en la Web del General Pharmaceutical Council. http://www.pharmacyregulation.org/pdfs/registration/gphceeainformationpacksept2010.pdf
Para conseguirlo deberéis dirigiros al Colegio Farmacéutico en que estéis colegiados. En este documento debe establecerse sin ningún tipo de duda que estáis capacitados para ejercer en España.
La carta de buena conducta debe ser enviada directamente por Colegio al General Pharmaceutical Council of Great Britain.
El proceso de colegiación consta de tres partes:
1. Primero hay que enviar los formularios, el pago, el certificado de nacimiento (con traducción), fotocopias compulsadas del título y pasaporte (con traducción)
2. Cuando el General Pharmaceutical Council recibe todo esto, envía por email la acreditación del título y la carta de buena conducta, que ha recibido directamente, estos documentos se imprimen del email y se traducen, enviándose las traducciones. Además el General Pharmaceutical Council envía un formulario para pagar las tasas finales de colegiación.
3. Cuando reciben la segunda tanda de documentos, se procede a la colegiación. En total, se tarda entre 2 y 3 meses.